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ACCIÓN SUSPENDE RESOLUCIÓN, TSA APLAZA AUDIENCIA

ACCIÓN SUSPENDE RESOLUCIÓN, TSA APLAZA AUDIENCIA

En la mañana de hoy el tribunal superior administrativo, aplazo para el próximo viernes 4 del mes de junio, el conocimiento de la audiencia de medida cautelar anticipada, del recurso incoado por las Federación Dominicana de Distritos Municipales FEDODIM y la Federaciones Dominicana de Municipios FEDOMU, en procura de la suspensión de la Resolución No. 471-02, del Consejo Nacional de la Seguridad Social, y las facturas de la Tesorería de la Seguridad Social, que impone el cobro a los gobiernos locales sobre la base de un salario mínimo de RD$10,000 pesos mensuales para los empleados del sector público.

La Audiencia fue aplazada a solicitud de los abogados del Consejo de la Seguridad Social y de la Tesorería de la Seguridad Social, a los fines de conocer el expediente ya que habían sido apoderado del mismo recientemente, los abogados de FEDOMU y FEDODIM se opusieron al pedimento por tratarse de un tema de extrema urgencia, el tribual acogió el pedimento por ser un pedimento de ley y fijo el conociendo para el próximo viernes. 

FEDODIM estuvo representado por el Dr. Pedro Richardson, Director Ejecutivo, Willy Céspedes, Secretario General y Alcalde Distrital de Jayaco, José Aníbal Balbuena, Consultor Jurídico y Francisco Ramos Asesor en seguridad Social, FEDOMU se hizo representar por su Consultor Jurídico Nicolás Soriano y Juan José Jiménez Asesor.  

Es importante resaltar que con la implementación de la Resolución 471-02, objeto del recurso en cuestión, cerca de 600 mil dominicanos entre empleados municipales  y dependientes han quedado desprotegidos del seguro de salud por la imposibilidad de los gobiernos locales de aplicar el aumento que decretó el gobierno central de un aumento del salario mínimo a 10,00.00 pesos mensuales a los empleados públicos, ya que el aumento no fue incrementado en los presupuestos de los Ayuntamientos y Juntas de Distritos Municipales.

Finalmente los accionantes reclaman la suspensión de la aplicación de la referida resolución en vista que ha sido recurrida ante el tribunal superior administrativo lo que suspende su aplicación de manera inmediata según lo que establece la ley.



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